Un traspaso maestro
A estas alturas de un día como hoy -tan renombrado como el 23 de febrero- ya sabemos algo más que ayer a estas horas toreras e inciertas. La Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados presentó una proposición no de ley para que las potestades administrativas relacionadas con espectáculos taurinos, "salvo las correspondientes a la competencia sobre seguridad pública, sean atribuidas al Ministerio de Cultura", y que finalmente fue aprobada mayoritariamente.
Decía que ya sabemos algo más. En realidad, lo más exacto es decir que ya sabemos lo que verdaderamente se pretende con esta urgencia de trasferencias interministeriales, que abanderaron hace unos meses un grupo de toreros muy bien colocados en el escalafón taurino y que ahora recogen sus señorías parlamentarias con esta proposición de ley, en la que se especifica que se trata de adoptar medidas para el fomento de la Fiesta de los toros y que geográficamente debería asegurarse desde el Ministerio de Cultura. “Somos artistas”, decían los toreros inflando pecho, y con la boquita pequeña pedían que, por favor, sacaran de Interior las competencias de los toros, pues no entendían que se tuviera que pagar un 18% de IVA cuando, por ejemplo, el cine contribuye con un 8%, recibe más subvenciones de lo que rentabiliza y tiene un organismo que aglutina a los profesionales y sus intereses, un grupo especial “reconocible socialmente”, que goza de alto predicamento, cultural por descontado.
Muchos teníamos la certeza que estos altruistas deseos tenían un trasfondo traducible en descuento considerable en el IVA, y quedaba por certificar por escrito dicha pretensión muy bien maquillada por la excusa artística. Era uno de los cuatro puntos del Manifiesto de puesta en escena de la Mesa del Toro, hace ahora un año.
La jugada es maestra. Hay que reconocerlo. Es una jugada maestra a un precio que puede ser considerable. Una maniobra interministerial tan arriesgada porque se estructura en el vacío y en los intereses del estamento, y que se llevaría por delante algunas circunstancias trascendentales en las que debe fundamentarse la urgente regeneración de la Fiesta y que son su reconocimiento tradicional, cultural, histórico y patrimonial; su legalidad y el régimen jurídico administrativo que lo sustenta, con obligaciones y su carácter sancionador; su autenticidad que quedará obligada en la exigencia de integridad del espectáculo; y en la necesidad que no puede darse ni un solo paso sin que todos los “intervinientes” acuerden en consenso los puntos que deberían plantearse para su salvaguarda y posibilidad de desarrollo.
Por tanto, intentaré desarrollar estar cuestiones.
Uno. El traspaso de competencias se llevaría por delante el monto del impuesto obligado. El texto que aprueba la Comisión insta al Gobierno para que realice el traspaso lo antes posible. Explica que se trata de una urgencia, pues es estos momentos de crisis peligra un sector (cultural) muy importante por tradición e historia, y por tanto tenemos una obligación de fomentarlo desde un organismo competente (en este caso el Ministerio de González-Sinde). Dicen de esta operación estratégica que pagar menos significa un gran beneficio para el público de los festejos taurinos porque compraríamos unas entradas más baratas (cosa que está por ver) cuando, en verdad, la mayoría de los aficionados y del público en general ya no quiere ni ir a los toros aunque le regalaran la oportunidad.
Lo que puede salvar al mundo de los toros, intuyendo lo que se viene encima desde el punto de vista prohibicionista y en la coyuntura económica de crisis profunda, precisamente es la cuantía económica (muy considerable) que ingresa el Estado por la realización de los espectáculos taurinos, tanto de festejos tradicionales como populares. Si se reduce el IVA, pasando del 18 % -que corresponde en la actualidad- al 8%, equiparando los toros a los espectáculos como el cine y el teatro, supondría que el ingreso estatal se reduciría a más de la mitad, y ya no habrá tantos argumentos (sólidos) al que agarrase cuando vengan las vacas flacas prohibicionistas, pues en este supuesto sería muy fácil argumentar que ir a los toros ya no deja tanta aportación, además añadiendo subvenciones “con el dinero de todos”.
Debo reconocer que yo mantengo esta idea descabellada, algo así como quien bien paga, pedirá mejor. Mientras existan buenos ingresos no será tan fácil desmontarlos. A nadie le desagrada un dulce.
Dos. El traspaso de competencias se llevaría por delante (porque afectaría) a la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos. Esta ley tendría que ser modificada porque es la ley principal o matriz de la que parten todas las normativas en regulación jurídica de los espectáculos taurinos, de las que le suceden y de las normas y regulaciones autonómicas que ya contemplaba esta trascendental ordenanza en el desarrollo posterior(1). Según ha manifestado la Unión de Abonados de la Plaza de Madrid, en un reciente comunicado -en la que hace pública la carta que envió al ministro de Interior- entiende que no sería necesario modificar la ley con otra ley (aunque sí reconoce implícitamente que se tendría que modificar) y da su versión: “para realizar el traspaso no resulta necesario modificar la Ley Taurina de 1991 con otra norma del mismo rango, ya que las redistribuciones orgánicas de competencias dentro de la Administración del Estado pueden encauzarse a través de Reales Decretos aprobados en Consejo de Ministros”. La cuestión sería aclarar cómo se modifica sin modificar, qué hay que modificar, pues no solamente se “tocaría” la ley para aclarar cuál sería el Ministerio que lo ampare, o dar acogida en otros departamentos administrativos el cambio de registro de profesionales (ambas situaciones que insisto afectarían a toda la regulación estatal y autonómica); sino que de paso podría también “tocarse” –aunque sea con órdenes ministeriales-, el régimen sancionador a la que están sujetos los profesionales (sanciones impuestas e incidencias relevantes relacionadas con la participación en los festejos de todas las partes intervinientes, artículo 5, punto 4). Una servidora, se está haciendo muy mal pensada en los tiempos que corren.
Tres. El traspaso de competencias se llevaría por delante la representatividad de todos los integrantes en los espectáculos por igual, pues quedan fuera las organizaciones de aficionados (y los que no se incluyen en ningún organigrama asociativo), pues han quedado excluidos de una decisión que podría ser trascendental en el futuro de la Fiesta, de su sentido, de su futuro régimen administrativo jurídico. Es evidente que con la decadencia interna actual del espectáculo, la Fiesta quedaría más expuesta a su vulnerabilidad precisamente porque antepone su ubicación administrativa (puramente simbólica pues casi todo está transferido a las autonomías) a la defensa de su integridad. Puede ser que la Fiesta necesite de fomento y promoción (aunque sería muy difícil su desarraigo después de tantos siglos), pero es incuestionable que lo que más urge es la defensa de su integridad y autenticidad, y en este sentido no se ve nada más que la intencionalidad del estamento taurino para procurarse un beneficio fiscal.
Cuatro. El traspaso de competencias se llevaría por delante la fabulosa declaración de principios e intenciones de esta Ley, que después de veinte años, de parir otras muchas, ninguna normativa o reglamento que salió de sus entrañas, ni general, ni local ha siso tan consecuente, ni enérgica, ni trascendental en sus principios que se expresan en el texto de introducción y que dice: La garantía del derecho de los espectadores y de la pureza de la fiesta requiere, también como presupuesto, que el régimen de las fiestas taurinas ponga un énfasis muy especial en el aseguramiento de la integridad del toro, de su sanidad y bravura y, en especial, de la intangibilidad de sus defensas.(2).
Ninguna normativa posterior ha sido tan rotunda y apasionada en esta “garantía”.
Quinto. El traspaso de competencias se llevaría por delante nuestra esperanza de una regeneración urgente de la Fiesta basada en la exigencia de la integridad del espectáculo. Muchos creemos que el traspaso a Cultura debería hacerse. Quizá dentro de un organismo aglutinador que englobe todas las circunstancias de este espectáculo público tan singular y complejo, desde las potestades administrativas hasta las sanitarias, pasando por todas las que afectan directa e incuestionablemente a su estructura. Pudiera ser. Pero no de cualquier forma. Sin tener bien claro el cómo. Sin tener bien clara su definición. Sin dejarla en el vacío. Sin conocer las atribuciones, sin saber quién nos representa. No a cualquier precio. No porque lo ordenen los miembros del estamento taurino, con la única posibilidad de beneficio propio. No ahora. No en estas circunstancias cuando la amenaza del auge de las asociaciones animalistas conduce a la posibilidad prohibicionista; cuando la complicidad política en la defensa y salvaguarda de los toros dentro de las instituciones públicas es simplemente ninguna; cuando la casta y la bravura que debe sostener la única condición del toro de lidia ha quedado relegada a un borreguismo llamado eufemísticamente “artístico”; cuando los aficionados que respaldan económicamente el espectáculo se están marchando de las plazas; cuando a los jóvenes no les interesa este espectáculo decadente sin emoción ni pasión; cuando los miembros del estamento ansían tanto las subvenciones (incluso avaramente) y que deberían poner sus barbas a remojar, pues al cine español la prebenda indiscriminada del dinero sin obligaciones ha hecho sucumbir su rentabilidad, el ingenio, la capacidad de catalizar lo real, la responsabilidad del trabajo, llevándole a una situación tan injustificada como indecente; cuando todo esto sucede mientras el barco se hunde, yo quiero decir: ahora no al traspaso a Cultura. No sin recibir nada a cambio. No sin que beneficie a la integridad de la Fiesta y a la generalidad de sus integrantes. Ahora hay que salvar la nave que se va a pique. Lo de Cultura puede esperar.
Y mientras el barco se hunde, ustedes señores se están peleando por los camarotes de primera. Espero que se haga justicia con las irresponsabilidades que están cometiendo, ahora y en el futuro, que también vendrá, cuando ya no exista nada con qué empezar de nuevo.
(1) Texto de introducción, en la Exposición de motivos, de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos: "Sin perjuicio de las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas en relación con los espectáculos taurinos, como tales espectáculos, es evidente la conexión de los mismos con el orden público y la seguridad ciudadana, que constituyen competencias exclusivas del Estado, al amparo del artículo 149.1.29. de la Constitución, y para el fomento de la cultura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 149.2 del citado texto constitucional; ello obliga a delimitar las facultades que corresponden en la materia al Ministro del interior y a los gobernadores civiles, autoridades que tienen atribuida la competencia para velar por la seguridad pública, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente".
2) Texto de introducción, en la Exposición de motivos, de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos: "La garantía del derecho de los espectadores y de la pureza de la fiesta requiere, también como presupuesto, que el régimen de las fiestas taurinas ponga un énfasis muy especial en el aseguramiento de la integridad del toro, de su sanidad y bravura y, en especial, de la intangibilidad de sus defensas. Por ello, buen numero de los preceptos de la parte más central de la Ley, a través de la intervención administrativa previa, simultánea y posterior a la lidia se dirige a regular, en la medida que se considera imprescindible, el tracto del proceso, a partir del traslado de los toros desde las dehesas hasta el reconocimiento post mortem".
Mas información en https://sites.google.com/site/toroaficion/opinion/traspaso-competencias-taurinas
Como tantas otras veces coincido con usted.
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