lunes, 8 de noviembre de 2010

La ministra de Cultura dixit

Mermelada de tomate
Ángeles González-Sinde, ministra de Cultura, estuvo este pasado día 2 de noviembre en el Foro de Nueva Cultura, organizado por Nueva Economía Forum, y habló entre otras cosas de toros, tema que nos ocupa y nos preocupa. González-Sinde explicó que la única competencia del traspaso -de Interior a Cultura- que se puede realizar es el registro de artistas y “se hará en cuanto los técnicos elaboren la documentación, pues no es algo complejo", ha detallado. Según dijo, una vez traspasada le gustaría poner en marcha ese equipo de expertos "que además debe ser no sólo interministerial, sino tener participación de otros estamentos de la sociedad que tienen que ver con los toros, para que analice la situación para atender las necesidades de los toreros, empresarios y ganaderos". Respecto a estas cuestiones quiero formular algunas consideraciones.
Primer punto. Nadie ha explicado todavía en qué va a consistir el citado traspaso de competencias de un Ministerio a otro. Pero cualquier cambio -se trate de una competencia o de todas- deberá hacerse por ley. Una ley que derogue (o modifique) la aún vigente de 10/1991, http://www.mir.es/SGACAVT/derecho/le/le10-1991.html
de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, y en la que su artículo 11 sobre Organización administrativa y ejercicio de las competencias previstas en esta Ley, y en su apartado uno, expresa claramente que “Competen al Ministerio del Interior las atribuciones de carácter general para ejecutar lo dispuesto en esta Ley.” Está claro. No se puede hacer vaivén de competencias como el que alquila un camión de mudanzas limpio, seguro y fácil. Se hará cuando una Ley lo pida y lo reglamente. Ni más ni menos, para evitarnos los recursos inconstitucionales. Por ejemplo.
Segundo punto. El único traspaso que se efectuará es el registro de artistas -pronunció la ministra- y “se hará en cuanto los técnicos elaboren la documentación, pues no es algo complejo". La misma Ley 10/91 dice en su artículo 5 sobre Registros de profesionales taurinos y de ganaderías de reses de lidia, y en su apartado 1: “Con el fin de asegurar un nivel profesional digno y garantizar los legítimos intereses de todos cuantos intervienen en los espectáculos taurinos se creará un Registro general de profesionales taurinos”. Por tanto, para sacarlos de aquí (Registro del Ministerio de Interior creado al fin que establece esta ley) hay que seguir el mismo procedimiento que en el punto anterior. Y el Real Decreto 145/1996 de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al reglamento de espectáculos taurinos, en su título II, capítulo 2, “se crea en el Ministerio de Justicia e Interior un Registro General de Profesionales Taurinos.” En el siguiente capítulo se asegura que “la inscripción tendrá carácter obligatorio”.
(…)
Así, habría que tener en cuenta unas posibles modificaciones también autonómicas, por ejemplo, las siguientes:
- Navarra: a propuesta del Consejero de Presidencia, decreto foral 249/1992, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos, dice en su artículo 25: “1. Se consideran profesionales taurinos a todas las personas que toman parte en espectáculos taurinos mediante retribución. 2. Los profesionales taurinos, para poder intervenir en espectáculos, deberán estar previamente inscritos en el correspondiente registro que mantendrá el Departamento de Presidencia. (…)
- Andalucía. Consejería de Gobernación. Decreto 68/2006, de 21 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Taurino de Andalucía. Dice en su disposición transitoria tercera: “En tanto no sea desarrollada, por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de espectáculos taurinos, la estructura, requisitos de inscripción y funcionamiento del Registro de Profesionales Taurinos de Andalucía (…)
- Castilla-León. Consejería de Interior y Justicia. Decreto 57/2008, de 21 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General Taurino de la Comunidad de Castilla y León. En su disposición adicional primera se lee: “A los efectos de la presente norma, los Registros de Profesionales Taurinos y de Empresas Ganaderas de Reses de Lidia que se citan en la misma hacen referencia a los establecidos por el R.D. 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos.”
- País Vasco. Departamento de Interior. Decreto 24/2010, de 27 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos. En su artículo 29, sobre requisitos de inscripción, se dice: “La inscripción en cada una de las secciones que componen el Registro de Profesionales Taurinos queda condicionada al cumplimiento de los requisitos que para cada una de ellas se establezcan por Orden de la persona titular de la Consejería de Interior».
Tercer punto. No sabemos cuántos técnicos, ni en qué materia especializados, o si están elaborando esto que la ministra llama “documentación”. Con lo primero que tiene que contar es con la posibilidad de poder hacer la mencionada transferencia, circunscrita únicamente (segúna asegura Sinde) al registro de profesionales. Con la ley en la mano (y en la cabeza) parece que es algo más “complejo” de lo que asegura la titular del gabinete. De entrada -como queda demostrado- hay que derogar o modificar alguna ley y unos cuantos decretos. Dicen que hay que solucionar cuestiones “administrativas”, un eufemismo puramente estético que va a colocar a la (susodicha) administración estatal y autonómica en un verdadero problema burocrático.
Cuarto punto. Y dígame, señora ministra, cuando habla de traspaso de registro de profesionales ¿se refiere a los toreros de alternativa, a los demás toreros de a pie o a caballo (novilleros, picadores, subalternos, recortadores), o, quizá, es tan ambicioso el plan documental que aborda también la totalidad que el Ministerio de Interior incluye en sus registros de profesionales, como pudiera ser ganaderías de lidia o escuelas taurinas?
La orden del 25 de enero de 1993 (que también tendría que ser contemplada en semejante catarsis), (...) establece las siguientes categorías para los profesionales taurinos: matadores de toros, matadores de novillos con picadores, matadores de novillos sin picadores, rejoneadores de toros, rejoneadores de novillos, banderilleros de corridas de toros, picadores de corridas de toros, banderilleros de corridas de novillos, picadores de corridas de novillos y toreros cómicos (estos pueden ser voluntarios).
Hay otro fleco por ahí que se me ocurre. Por ejemplo, la Comisión Ejecutiva Nacional de Asuntos Taurinos, “órgano colegiado del Ministerio del Interior, adscrito a la Subsecretaría del Departamento, con carácter consultivo y funciones de asesoramiento en materia de espectáculos taurinos”, según se recuerda en la orden de octubre de 1998 que desarrolla esta institución -dependiente de Interior-, y donde los profesionales taurinos están representados (junto a representantes institucionales y asociaciones de aficionados) en sus Órganos de esta Comisión. (…)
Quinto punto. La Ministra González- Sinde se manifestó en este mismo acto de Nueva Economía Forum sobre el recurso que el Partido Popular ha interpuesto ante el Tribunal Constitucional por la ilegalización de las corridas de toros en Cataluña pidiendo que “se respete el ordenamiento de nuestro país”, ya que "los parlamentos autonómicos toman decisiones con toda la legalidad". La agencia de noticias Europa Press recogía las declaraciones al respecto: "Soy partidaria de respetar a los Parlamentos. Si empezáramos a iniciar procesos de inconstitucionalidad con cada una de las decisiones que adoptan gobiernos que no coinciden con nuestra línea política, imagínese como estarían los tribunales". No todos los gobiernos autonómicos "toman decisiones que a lo mejor a uno le parecen bien", pero se ha abogado por "respetarlas porque en eso consiste la democracia, y quién no entienda eso va mal servido".
Efectivamente, las decisiones hay que respetarlas y las leyes hay que acatarlas. Pero ambas con el mismo derecho y la misma libertad que la Constitución “proclama su voluntad” en su preámbulo ("de proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones. Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida") y en su artículo 24.1 sobre la protección judicial de los derechos ("todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión") (...)

Último punto. Hay que solicitar encarecidamente a González-Sinde una información detallada de cómo ha pensado hacer este trasvase, -no tan fácil como ha definido y demostrado en este larga exposición-, porque este tema a los aficionados nos interesa y mucho. La Fiesta de los toros no es solamente cultura, tradición, estética, vocación, o condición artística. Según sus palabras “forma parte de la cultura española desde siempre, desde el arte prehistórico hasta Miquel Barceló".
Este mundo hermoso es grandioso porque trasforma la carnalidad en arte elevado, transforma a los matarifes de toros en artistas, pero sería el espectáculo más deplorable e insufrible del universo si se diera con un toro de lidia sin integridad, y por lo mismo sería una estafa si se transforma su condición poderosa para hacer asequible el espectáculo a determinadas voluntades y haciéndolo delictivo, aberrante y aburridísimo.
Si se supedita esta auténtica faceta del espectáculo a circunstancias tan baladíes como abordar urgentemente el traspaso de registro de profesionales, estaremos imposibilitando la regeneración verdadera de la Fiesta. Y es que la Fiesta está en una profunda decadencia. No hace falta que recurra a los expertos en documentación, Desde esta triste verdad hay que asumir un compromiso institucional y profesional de erradicar la decadencia que conduce este portentoso espectáculo al abismo, sin que nadie inteligente y concienciado de su mal sea capaz de remediarlo con conocimientos, vocación y capacidad de trabajo. A los aficionados que sabemos de la grandeza de este mundo singular nos preocupa, principalmente, que se tenga más en cuenta a los miembros del estamento taurino -muy preocupados por su condición de artistas- antes que escuchar a los denunciamos el deterioro de esta espectacular Fiesta, una bochornosa circunstancia consecuencia de la no persecución del fraude y de la irresponsabilidad de las altas instituciones que deberían reconocer su grandeza, historia, posibilidad, pervivencia y desarrollo. También denunciamos, a todos los miembros subsidiarios de las obligaciones políticas, sociales y culturales de este espectáculo hermoso y único y que se han conformado con juegos oportunistas, electoralistas, e incluso prohibicionistas, cuando por cargo están obligadas a preservar la tauromaquia, les guste o no, sencillamente porque va en el cargo.
Denunciamos y preguntamos ¿en qué Ministerio va a quedar el compromiso para asegurar, posibilitar y desplegar la autenticidad en la Fiesta de los toros?
Todo el texto completo pueden encontrarlo en https://sites.google.com/site/toroaficion/crisis-taurina/traspaso-a-cultura-toros-2


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